El porcentaje que calculamos a la hora de generar una boleta, es la tasa provisional de retención, ésta tasa a partir del año 2020 cambiará año a año y se deberá utilizar la tasa respectiva al año en curso, dado que tal como dijimos desde el año 2020 ésta aumentará un 0,75% y cada año progresivamente se le sumará un 0,75% hasta llegar un total del 17% para el año 2028 ésto fue establecido en la ley 21.133
El cambio afecta a toda persona natural que efectue emisión de boleta de honorarios, tanto electrónicamente como si emites en papel, por tanto a contar del 1 de Enero del 2020 deberás realizar el calculo de retención del 10,75%